lunes, 1 de abril de 2013

La acción normativa de las Organizaciones Internacionales

La acción normativa de las Organizaciones Internacionales es el reflejo de la capacidad que gozan estos sujetos internacionales para elaborar y manifestar una voluntad jurídica propia o independiente de la de sus estados miembros.

Organizaciones Internacionales y Derecho Internacional Publico

- Los tratados constitutivos de las Organizaciones Internacionales


Las Organizaciones Internacionales se crean por Tratados Internacionales que son los llamados tratados constitutivos de las Organizaciones Internacionales establece los órganos e instituciones que forman esa Organización Internacional y ademas también establecerá el procedimiento para elegirlos.

- Los actos de las Organizaciones Internacionales y las fuentes del ordenamiento jurídico internacional


En el artículo 38 del Estatuto del Tribunal Internacional de Justicia, al enunciar las fuentes del Derecho Internacional, no recoge los actos de las Organizaciones Internacionales entre las mismas, pero actualmente se permite incorporar los actos de las Organizaciones Internacionales a las fuentes del Ordenamiento jurídico internacional.

- Resolución, decisión y recomendación


Se puede utilizar con carácter general el término resolución como expresión genérica referida a todo acto emanado de un órgano colectivo de una Organización Internacional, el de decisión para referirse a los actos obligatorios y recomendación para aquellos que, en principio, no crean derecho. De lo dicho se desprende que no todas las resoluciones de las Organización Internacional producen efectos jurídicos.

- Competencia normativa interna y competencia normativa externa


La actividad normativa de las Organizaciones Internacionales es como venimos diciendo muy abundante y variada y cabe distinguir entre su competencia normativa interna y su competencia normativa externa:

+ Competencia normativa interna


Esta normativa interna esta formada por las resoluciones de las Organizaciones Internacionales que se usan para regular el funcionamiento de la organización (sería algo equiparable a lo que es el Derecho interno). Esta normativa no suele tener incidencia en el Derecho Internacional Público.

Las reglas de la Organización internacional atribuyen de manera expresa o implícita, a las organización un poder normativo interno destinado a regular su propio funcionamiento y administración y a adaptarlo a la evolución de sus actividades y del entorno internacional en la que ésta se desenvuelve. Los destinatarios de estas normas son en principio, la propia organización y los sujetos de su Derecho interno.

Dentro de este grupo de normas encontraremos resoluciones que presentan un alcance individual o personal (atribuyen a una persona, Estado u otra Organización Internacional un estatuto jurídico determinado o lo invisten de alguna función) mientras que otras resoluciones van a tener alcance general (el caso representado reglamentos internos de diferentes órganos, reglamentos financieros, etc.).

+ Competencia normativa externa


La normativa externa esta formada por las resoluciones de las Organizaciones Internacionales que van dirigidas a otros sujetos de Derecho Internacional y estas sí que influyen dentro del Derecho Internacional Público. Pueden ser o no ser obligatorias (vinculantes) aunque normalmente no lo son.

En el caso de las Naciones Unidas algunas son vinculantes y otras no.

El que una resolución no sea vinculante no quiere decir que no pueda influir en el ordenamiento jurídico por el juego de las interacciones normativas.

En ciertas Organizaciones Internacionales existe un poder normativo que transciende el ámbito interno de la Organización y afecta a otros sujetos internacionales en incluso, en algunos casos a los propios particulares. Estos actos adoptan a veces la forma de decisiones obligatorias y otras veces las de recomendaciones carentes, en principio, de efectos jurídicamente vinculantes. El primer supuesto se suele dar con mayor frecuencia en las Organizaciones regionales de integración y en las Organizaciones internacionales de carácter técnico, mientras que el segundo es propio de las organizaciones internacionales políticas de alcance tanto universal como regional.


- Organizaciones Internacionales de cooperación y de divagación


En cuanto a la clasificación de las Organizaciones Internacionales podemos distinguir entre las Organizaciones Internacionales de cooperación y las Organizaciones Internacionales de divagación.

Las de cooperación son aquellas cuyas resoluciones no son vinculantes normalmente mientras que las de divagación sí que lo son.

- ¿Cuántas Organizaciones Internacional existen?


No se sabe con certeza cuantas Organizaciones Internacionales existen hoy día, pero un instituto Británico señaló hace no mucho que unas 400.

- Las Naciones Unidas


Un ejemplo importante de Organización Internacional es el de las Naciones Unidas, que se concive en un primer momento como una coalición para la guerra, aunque pronto se transforma en un proyecto de paz.

Surge en el transcurso de la Segunda guerra mundial, basado en el principio de igualdad soberana, con un propósito nítido y expreso de mantener la paz y seguridad internacionales.

En la actualidad 193 miembros forman las Naciones Unidas.

La Declaración Universal de Derechos Humanos es una resolución de la Asamblea de Naciones Unidas, siendo un modelo de adecuación al standard mínimo internacional en materia de Derechos Humanos.