lunes, 1 de abril de 2013

La función de los tratados en la estructura normativa del Derecho internacional público

Esta cuestión hace referencia a la función de los tratados en el sistema de fuentes:

- Función de tratados respecto a principios generales del derecho: Las normas convencionales contenidas a tratados constituyen un medio importante para la formulación de principios que están ya en la conciencia de la sociedad internacional pero que por su naturaleza carecen de un medio propio de formulación.

- Función de los tratados respecto a la costumbre: Los efectos de estas relaciones pueden adoptar 3 modalidades diferentes:

a) Efecto declarativo: La norma convencional es tan solo una expresión formal y por escrito de una norma consuetudinaria previamente existente (el tratado-> instrumento codificador de una regla consuetudinaria)

b) Efecto cristalizador: alguna disposición del tratado constituye una primera formulación escrita de una norma consuetudinaria en vías de formación.

c) Efecto generador: Todo tratado incluye una disposición que supone un desarrollo progresivo del Derecho Internacional (se genera una práctica antes inexistente y que será obligatoria para los estados parte, que será una práctica general, frecuente y uniforme).

- Función de los tratados respecto a las propias normas convencionales: El tratado sirve para modificar normas anteriores de la misma naturaleza. En primer lugar prevalecerá lo contenido en la carta de las Naciones Unidas, en segundo lugar prevalecerá el tratado reconocido expresamente como superior y en tercer lugar prevalecerá el principio de temporalidad, es decir, prevalece el tratado posterior al anterior.