jueves, 23 de octubre de 2014

La personalidad jurídica internacional

La personalidad jurídica internacional conlleva ni más ni menos que ser reconocido como sujeto de Derecho Internacional.

Personalidad juridica en Derecho internacional

Si una organización internacional es considerada sujeto de Derecho internacional tiene personalidad jurídica y si tiene personalidad jurídica podrá actuar en las relaciones internacionales (podrá celebrar Tratados Internacionales, lo que se conoce como ius tractatum; tendrá derecho de enviar y recibir representantes, o ius legationis; pueden exigir y que se les exija responsabilidad internacional (si es sujeto internacional tiene que cumplir las normas de Derecho internacional); y luego también pueden participar en procedimientos de resolución de controversias (soluciones judiciales o medios no jurisdiccionales de solución de controversias).

- Tipos de personalidad jurídica en las organizaciones internacionales


En cuanto a las organizaciones internacionales pueden tener dos tipos de personalidad jurídica: a nivel externo (la Unión Europea a nivel externo puede celebrar un Tratado con Estados Unidos, por ejemplo) o a nivel interno [del interior de los Estados miembros que forman parte de una organización internacional, como convenios de sede, o contratar (contratos de obra, o de servicios)].

- Personalidad jurídica en los Estados


Todo lo que estamos hablando de personalidad jurídica de las organizaciones internacionales se puede aplicar a los Estados. La diferencia es que los Estados son sujetos primarios o funcionales y las organizaciones internacionales son sujetos secundarios o derivados.

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Por Javier García de Tiedra González, Abogado y autor de Introducción a la Inversión, una guía para aprender desde cero a rentabilizar nuestros ahorros.

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Fuente:
Lecciones magistrales del profesor de Derecho Internacional Público (UCA) Miguel Ángel Acosta Sánchez.