viernes, 21 de agosto de 2015

Medios no jurisdiccionales de solución de controversias internacionales

Tras analizar los medios jurisdiccionales de solución de controversias internacionales, vamos a ver en esta entrada los medios no jurisdiccionales, a saber: la negociación diplomática, los buenos oficios, la mediación, investigación y la conciliación internacional.

Solucion de controversias y Derecho Internacional

- La negociación diplomática


Es el método más antiguo y más utilizado para el arreglo de las diferencias. Consiste en el entendimiento directo de las partes en una diferencia, para llegar a un acuerdo entre las mismas, y se realiza a través de los servicios diplomáticos normales o en el seno de una Conferencia Internacional.

- Los buenos oficios


A diferencia del método anterior, interviene un tercer sujeto internacional, o un grupo de ellos, que actúa como simple intermediario, sin formular ninguna solución a la diferencia. Es decir, el tercer Estado o la Organización Internacional trata de poner de acuerdo a las partes mediante su intervención. Cada vez es más frecuente que el Secretario General de la ONU o alguno de sus representantes intervengan de este modo.

- La mediación


También aquí interviene un tercero, pero en este caso no sólo intenta poner de acuerdo a las partes sino que a su vez les propone una solución, aunque las partes no tiene la obligación de aceptarla.

La mediación puede surgir de la iniciativa de un tercero que propone intervenir y cuya oferta es aceptada por las partes en la controversia, o puede ser convenida directamente por las propias partes.

- La investigación 


La misión de las Comisiones de investigación es la de establecer cuáles son los hechos que han dado origen al conflicto entre las partes. La creación de estas Comisiones tiene carácter voluntario. Un ámbito en el que se recurre con cierta frecuencia a tales Comisiones es el de la protección de los Derechos Humanos.

- La conciliación internacional


La conciliación internacional es el medio más moderno entre los no jurisdiccionales. La misión de las Comisiones de Conciliación es triple:

a) Determinar los elementos de hecho; b) fijar las cuestiones de derecho; y c), elaborar un informe con una propuesta de solución de la controversia, que no será obligatoria para las partes.