martes, 1 de septiembre de 2015

Injerencia e intervenciones humanitarias: el papel del Consejo de Seguridad de la ONU

El Consejo de Seguridad ha ido ampliando sus funciones en los últimos años y ha enmarcado las operaciones humanitarias en el Capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas. La justificación para con la injerencia es la calificación, como una amenaza a la paz, de situaciones internas que obstaculicen la asistencia humanitaria a poblaciones víctimas de los conflictos armados o víctimas de catástrofes naturales.

Injerencia y Derecho humanitario

- Injerencia e intervención humanitaria: el requisito de la autorización por el Consejo de Seguridad


Si el Consejo de Seguridad califica una situación como una amenaza a la paz, estará justificada la intervención, encontrándose dentro de la legalidad vigente.

El problema se plantea cuando los Estados, unilateralmente, al margen del Consejo de Seguridad, deciden actuar contra un Estado haciendo uso de la fuerza alegando intervención humanitaria. Esto no corresponde calificarlo como tal a los Estados, sino al Consejo de Seguridad.

En relación con el conflicto de la antigua Yugoslavia se alegó la injerencia por motivos humanitarios por parte de la OTAN (se había decidido tomar dichas medidas para evitar la matanza serbia, para evitar una catástrofe humanitaria, pero el encargado de decidir al respecto era el Consejo de Seguridad).

Hay una parte de la doctrina que ve que se está produciendo una evolución del Derecho internacional y que se está creando en el ámbito internacional una excepción para con la prohibición del uso de la fuerza armada.

- Argumentos para permitir el uso de la fuerza armada


Los argumentos, o justificantes, respecto al uso de la fuerza armada son:

+ Que se dé una situación de violación muy grave, masiva y reiterada de los derechos humanos fundamentales.

+ Que el Consejo de Seguridad haya pedido la retirada y que se ponga fin a la situación sin obtener resultados.

+ Que se haya demostrado inútiles todos los intentos diplomáticos de solución del conflicto.

+ Que el empleo del uso de la fuerza la realiza un conjunto de Estado y no unilateralmente un solo Estado.

+ Que la mayoría de los miembros de la ONU no se opongan al uso de la fuerza armada para poner fin a dicha situación.