jueves, 23 de abril de 2015

Naturaleza jurídica de la Carta de las Naciones Unidas

Se planteó el problema de si la Carta de las Naciones Unidas era un simple Tratado Internacional, o se trata de una Constitución. Es innegable que nos encontramos ante un Tratado Internacional que crea una Organización Internacional y que actúa como una constitución en el plano interno.

Naciones Unidas y Derecho Internacional

- Particularidades de la Carta de las Naciones Unidas


La Carta de las Naciones Unidas presenta diversas particularidades:

+ Para su entrada en vigor necesitó de ser ratificado por los cinco grandes (EE.UU, China, Inglaterra, Francia, URSS), exigencia que se da también para la entrada en vigor de reformas y revisiones de la carta (artículo 110).

+ La carta es un tratado que tiene superioridad frente a otros tratados concluidos por sus miembros (artículo 103). Se pueden dar cuatro supuestos de incompatibilidades:

. Entre Estados miembros:

Si son anteriores a la carta: el tratado posterior deroga al anterior.

Si son posteriores: los Estados han de prevalecer la Carta.

. Entre un Estado miembro y otro no miembros:

Si son materias relativas a la paz y la seguridad internacional prevalece la Carta (artículo 2.6 de la Carta de las Naciones Unidas).

En el resto de materias, se aplica el principio del efecto relativo de los Estados y la carta no vincula.