viernes, 24 de mayo de 2013

Concepto y elementos constitutivos del Estado en el Derecho Internacional

Vamos a ver en esta entrada los diferentes elementos constitutivos del Estado en Derecho Internacional.

Territorio del Estado de Monaco

Tabla de Contenidos

1 Requisitos para ser considerado un sujeto de Derecho Internacional
2 La importancia del Estado en el Derecho Internacional
3 Elementos constitutivos del Estado
· 3.1 Una población permanente
· 3.2 Un territorio
· 3.3 Una organización política o Gobierno
· 3.4 Capacidad de entrar en relaciones internacionales

- Requisitos para ser considerado un sujeto de Derecho Internacional


Para ser un sujeto de Derecho Internacional, se requieren varias características:

+ Hay que ser capaces de seguir los derechos y obligaciones atribuidos por normas legales.

+ Uno tiene que ser capaz de reclamar sus derechos ante las instituciones y tribunales internacionales en caso de violaciones (legitimación activa).

+ Uno tiene que ser capaz de ser llevado ante la justicia en el ámbito internacional en caso de incumplimiento de las obligaciones internacionales (legitimación pasiva).

Estados y Derecho Internacional

- La importancia del Estado en el Derecho Internacional


El Estado es el tema más importante del Derecho Internacional, ya que el Derecho Internacional surge históricamente como el ordenamiento jurídico que regula las relaciones entre los Estados. Incluso en el ámbito de la globalización, los Estados son los temas principales del Derecho internacional.

Los Estados tienen todos los elementos que son necesarios para ser considerado un sujeto de Derecho Internacional: tiene completa subjetividad jurídica internacional. Los Estados son las unidades básicas del Derecho Internacional.

Territorio del Estado de Afganistan

- Elementos constitutivos del Estado


Los elementos constitutivos del Estado son:

+ Población permanente.

+ Territorio definido.

+ Organización política (gobierno).

+ La capacidad de entrar en relaciones internacionales.

Estos elementos han sido enumerados por la Convención de Montevideo de 1933 sobre Derechos y Deberes de los Estados.

+ Principio de efectividad


Se puede decir que un Estado "nace" cuando se dan estos elementos (principio de efectividad). Pero la ausencia temporal o modificación de uno de estos elementos no priva necesariamente a éste de la personalidad.

Poblacion y Estado

- Elementos constitutivos del Estado (I): una población permanente


Es el conjunto de personas que habitan en el territorio del Estado de forma permanente. El Estado es una construcción humana y por lo tanto, el Estado es inconcebible sin una población.

Por lo general, estas personas están vinculados al Estado a través del vínculo de la nacionalidad, pero se discute en qué medida la ciudadanía o nacionalidad son determinantes para tener una "población". En teoría, la población no tiene por qué ser homogénea o tener la misma nacionalidad (por ejemplo, Luxemburgo tiene un 40% de los extranjeros).

No importa si la población es muy pequeña o muy grande (por ejemplo, Nauru tiene 6.500 habitantes) y si es homogénea o no en términos de etnia, cultura, idioma, etc.

La población ha de tener una relativa estabilidad (poblaciones nómadas pueden presentar problemas con el fin de identificar a los estados emergentes, pero no debería presentar problemas en los Estados consolidados, por ejemplo, Kenya y Etiopía).

Gobierno y Estado

- Elementos constitutivos del Estado (II): un territorio


Es el ámbito físico en el que la organización del Estado ejerce sus poderes de gobierno, quedando excluidas las reclamaciones de otros Estados a ejercer las facultades de ese tipo.

Las dimensiones del territorio no es problema (por ejemplo, Mónaco ocupa 1,5 kilómetros cuadrados).

El territorio comprende no sólo la tierra, sino también las zonas adyacentes de la mar y el espacio aéreo.

El territorio estatal está delimitado por fronteras, pero no siempre están absolutamente fijos (en la historia, las fronteras se definen en el tiempo: por ejemplo, EE.UU. / países en conflicto: por ejemplo, Israel).

La existencia de un Estado que no es cuestionada debido a las modificaciones de sus fronteras o la pérdida de una parte del territorio (pensar en todas las modificaciones de las fronteras durante las dos guerras mundiales).

Ejercito y Estado


- Elementos constitutivos del Estado (III): una organización política o Gobierno


El Estado tiene el derecho exclusivo de ejercer las actividades del Estado en su triple dimensión: legal, político y económico.

La organización política del estado es conocido como el "gobierno": el gobierno es la organización política capaz de establecer y mantener el orden interno, y puedan participar de manera independiente en las relaciones internacionales.

El propio Gobierno manifiesta externamente como internamente: el exterior, el mantenimiento de las relaciones con otros Estados y otros sujetos de derecho internacional e interno, la implementación de las funciones del Estado.

Pero para una "organización política" de existir, no hay una forma predeterminada de gobierno necesitaba.

El gobierno tiene que ser efectivo, esto significa que tiene que estar en condiciones de ejercer las funciones del Estado en los ámbitos externo e interno.

Una vez que se estableció un gobierno, la ausencia de autoridad efectiva no afecta a la existencia del Estado (los Estados pueden sobrevivir períodos de anarquía-por ejemplo, Somalia).

Para ser admitido como miembro de la ONU, un Estado tiene que ser capaz de cumplir con las obligaciones de la Carta de las Naciones Unidas (artículo 4 de la Carta de las Naciones Unidas).

Relaciones internacionales y Estado

- Elementos constitutivos del Estado (IV): capacidad de entrar en relaciones internacionales


Otros autores (y de la Convención de Montevideo de 1933) hablan de un elemento constituyente adicional de los Estados: ser capaz de entrar en las relaciones internacionales.

Sin embargo, generalmente no se considera un requisito previo, pero como consecuencia de la condición de Estado, y se basa en la premisa de que un Estado tiene que ser independiente.

Ejemplos: Chipre, bantustanes sudafricanos.

Otros territorios que no son independientes no son Estados, pero pueden tener personalidad internacional limitada.

+ Colonias (y ex protectorados) - tienen el derecho de auto - determinación.

+ Territorios internacionalizados

Los microestados tienen personalidad internacional independiente, pero tienen bonos de facto con otros Estados.

Hay varios sujetos de Derecho Internacional que no cumplan los criterios de la condición de Estado, pero que han sido asimilados:

+ La Santa Sede y la Ciudad del Vaticano.

+ La Soberana Orden Militar y Hospitalaria de Malta.