jueves, 9 de abril de 2015

Órganos de las Organizaciones Internacionales

Los Estados al crear una Organización Internacional la dotan de unos órganos propios, permanentes e independientes, destinados a ejercer sus funciones con vistas a la realización de unos objetivos de interés común.

UNESCO y organos de organizaciones internacionales

- Establecimiento de nuevos órganos en las Organizaciones Internacionales


La estructura orgánica de las mismas se establece en el tratado fundacional de la Organización, pero puede ocurrir que esta estructura inicial pueda resultar insuficiente para hacer frente a las exigencias que surjan derivadas del funcionamiento en la práctica de la Organización Internacional, haciéndose necesario el establecimiento de nuevos órganos. La decisión para crearlos puede ser tomada:

+ Por los órganos preexistentes a través de un acto de derecho derivado


Se creará un órgano subsidiario respecto del órgano principal que lo crea, que le atribuye alguna de sus competencias, a través de una habilitación general, expresa o implícita.

+ Por los Estados miembros mediante un acuerdo internacional, que complementa el tratado constitutivo de la Organización


Para poder realizar una nueva función que estiman de interés colectivo o para el desarrollo de una función ya existente. También pueden modificar los órganos constitucionales de la Organización ya establecidos.

- Clasificación de los órganos de las Organizaciones Internacionales


Por otro lado, las Organizaciones Internacionales poseen una estructura orgánica distinta, que se adaptan a las funciones y objetivos que persiguen. Por tanto, existen distintos criterios de clasificación de los órganos de las Organizaciones Internacionales.

+ Órganos de las Organizaciones Internacionales según su composición


. Órganos intergubernamentales: constituidos por representantes de los Estados miembros. A veces son miembros del gobierno del Estado, o agentes enviados por el Estado, bien temporalmente o permanentemente, pero, en todo caso, que expresan la voluntad política del Estado representado que les da instrucciones y al que deben rendir cuentas.

. Órganos no gubernamentales: constituidos por personas independientes de los Estados que actúan por cuenta de la Organización de la que son agentes. Son los órganos administrativos (secretariados), judiciales (Tribunales) o de decisión (Comisión de la UE).

. Órganos que representan a los sectores políticos (asambleas parlamentarias), económicos y sociales de los países (Consejos consultivos económicos y sociales).

+ Clasificación de los órganos de las Organizaciones Internacionales según su representatividad


Según la representatividad, es decir, según el número de miembros representados en los órganos:

. Órganos plenarios: representan a todos sus miembros (asambleas, conferencias, congresos, juntas, etc.).

. Órganos restringidos: participan algunos de sus miembros, seleccionados en virtud de distintos criterios (consejos ejecutivos, de administración, de seguridad; las juntas de gobernadores, de directores; los comités, las comisiones, etc.).

+ Clasificación de los órganos de las Organizaciones Internacionales según su representatividad


Según la función principal que desempeñan, nos encontramos con:

. Órganos deliberantes: elaboran las líneas generales de la política de la Organización. Definen la orientación de la Organización, aprueban su presupuesto y gestión financiera y deciden sobre la admisión, suspensión y exclusión de sus miembros. Tienen naturaleza plenaria y su composición es intergubernamental, aunque puede haber excepciones. Su funcionamiento se inspira en el principio de igualdad de todos los miembros, aunque también puede haber excepciones.

. Órganos de decisión: donde se toman las decisiones normativas u operacionales de la misma. Si se trata de una Organización Internacional regional, suele ser un órgano plenario, pero si es universal, normalmente es restringido.

. Órganos administrativos: encargados de ejecutar las decisiones y de administrar la Organización. Está compuesto por agentes de la Organización y dirigido por un Secretario General (ONU), un Director General (UNESCO), un Director (ASEAN) o un Presidente (Comisión de la UE), nombrado por un período de tiempo determinado y elegido por el órgano deliberante. Las funciones que desarrolla son:

* Administrativas: permiten el funcionamiento cotidiano de la Organización.

* De representación.

* Políticas: presentar propuestas con vistas a la adopción de decisiones.

* De ejecución.

. Órganos de control jurídico (tribunales), político (asambleas parlamentarias) o financiero (tribunales de cuentas) de la actividad de la Organización. Estos órganos son independientes del resto de órganos de la Organización y de los gobiernos de los Estados miembros.

. Órganos consultivos: informan a la Organización en los sectores donde su actividad se despliega. A veces, se crean órganos subsidiarios formados por expertos independientes, destinados a preparar el trabajo de los órganos principales y cuya influencia en las decisiones es variable, aunque, en algunos casos, considerable.

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- Las Organizaciones Internacionales. La ONU y otros sujetos


+ Origen, evolución, concepto, caracteres y clasificación de las Organizaciones Internacionales

+ Personalidad jurídica de las Organizaciones Internacionales

+ Organizaciones Internacionales: creación, sucesión y disolución

+ El Tratado constitutivo de la Organización Internacional

+ Competencias de las Organizaciones Internacionales

+ Participación en una Organización Internacional

+ Medios de acción de las Organizaciones Internacionales

+ Adopción de decisiones o formación de la voluntad en las Organizaciones Internacionales

+ La ONU y la Carta de Naciones Unidas

+ El sistema de las Naciones Unidas: ONU y organismos especializados

+ La estructura institucional de la ONU

+ Transformaciones de las Naciones Unidas

+ Reformas de las Naciones Unidas y de sus órganos

+ Configuración jurídica, objetivos, principios rectores y funciones de la Unión Europea

+ Entidades con subjetividad jurídica internacional limitada: pueblos, individuos y otras entidades