lunes, 1 de abril de 2013

Costumbre internacional general y costumbre internacional particular

Vamos a ver en esta entrada la distinción entre costumbre internacional general y costumbre internacional particular.

Paises y Derecho Internacional

- La distinción entre costumbre internacional general y particular, reflejo de la estructura normativa del Derecho Internacional


Esta distinción es fiel reflejo de la estructura normativa del Derecho Internacional. Ambas categorías se corresponden exactamente con la división entre Derecho Internacional general y Derecho Internacional especial o particular (que podéis ver aquí).

Es posible que las relaciones jurídicas de dos Estados resulten reguladas por una costumbre particular que no crea derechos ni obligaciones para los demás Estados. Sin embargo, una práctica prolongada y continua entre dos Estados, aceptada por ellos como reguladora de sus relaciones, puede ser tenida como la base de derechos y obligaciones recíprocas entre esos Estados.

- La costumbre internacional particular


La costumbre internacional particular obliga a algunos sujetos en sus relaciones mutuas, pero no a terceros. La costumbre internacional particular puede ser regional o bilateral.

+ Costumbre internacional regional


La costumbre internacional regional tiene un ámbito de aplicación, y obliga en un ámbito territorial determinado, que viene a ser el de un continente o parte de un continente. Ejemplos de costumbre internacional regional puede ser el asilo diplomático en latinoamérica reconocido por el Tribunal Internacional de Justicia en el asunto Haya de la Torre.

+ Costumbre internacional bilateral


La costumbre internacional bilateral obliga sólo a dos Estados en sus relaciones mutuas. La existencia de costumbre internacional bilateral fue reconocida por el Tribunal Internacional de Justicia en el asunto del Derecho de paso por territorio indio.

- Costumbre internacional general


Acerca de la costumbre internacional general, se puede decir que está constituida por las normas consuetudinarias que obligan a todos o a la generalidad de los Estados, salvo que se hayan opuesto a la misma en su periodo de formación de manera equívoca y expresa. Por tanto, el litigante que se oponga a que le sea aplicada una costumbre general habrá de probar que la ha rechazado en el periodo de formación.

Algunos ejemplos de esta costumbre internacional general son la anchura del mar territorial (12 millas náuticas), o la obligación de reparar en caso de responsabilidad internacional, o la prohibición del uso o la amenaza de la fuerza armada.

- Importancia de la distinción entre costumbre internacional particular y general


La distinción entre costumbre particular y costumbre general tiene su importancia en lo que se refiere a la carga de la prueba. Se tiene que referir a los dos elementos, al material (práctica de los Estados, repetición de hechos) y al espiritual o sociológico (opiniones, convicción jurídica de que esos hechos se realizan así y no por otra razón).

En la costumbre general, la prueba se simplifica, y entonces se presume que obliga a todos. La carga de la prueba incumbe a quien alega que no le obliga, y por tanto, no se le aplica. Quien alega que es aplicable tiene que probar que es una costumbre general.

En el caso de la costumbre particular, sea regional o bilateral, según el Estatuto del Tribunal Internacional de Justicia, la prueba incumbe a quien la alega. Quien la alega tiene que probar que la costumbre existe y que obliga a la otra o a las otras partes. Quien la niega, o niega que a él le obligue, no tiene que probar que no le obligue, ya que no le incumbe la carga de la prueba.

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- La estructura y el procedimiento de formación del Derecho Internacional Público


+ El sistema normativo internacional

+ El consentimiento del Estado en la formación de normas internacionales

+ Interacción entre Tratado y costumbre internacional

+ Interacción entre costumbre internacional y resoluciones de la Asamblea General de la ONU

+ Principios estructuradores del ordenamiento jurídico internacional

+ Normas dispositivas y normas imperativas. El Ius cogens

+ La costumbre internacional: concepto y elementos

+ La importancia de la costumbre en el Derecho Internacional Contemporáneo

+ Los actos de las Organizaciones Internacionales y su incidencia en la formación del Derecho Internacional

+ La formación de obligaciones por vía unilateral: el acto unilateral internacional

+ La Comisión de Derecho Internacional